
Productos y servicios
Nuestro abanico de productos, algunos especialmente diseñados en exclusiva para ...
Leer másOFRECEMOS a nuestros clientes un asesoramiento independiente, libre de vínculos respecto a cualquier compañía aseguradora. Asesoramos al tomador del seguro de las coberturas que, entre las existentes en el mercado, mejor se adapten al interesado de manera particular. Somos, por tanto, un asesor imparcial e independiente de cuyos conocimientos y servicios se beneficia el tomador del seguro.
Tenemos como FUNCIÓN intermediar entre las compañías aseguradoras y los potenciales tomadores de seguros, con la finalidad de asesorar profesionalmente a nuestros clientes y proponerles las soluciones más ventajosas y eficaces, seleccionando las coberturas específicas. Además, FACILITAMOS INFORMACIÓN a nuestro cliente durante la vigencia del contrato de seguro de cualquiera de las cláusulas de la póliza en la que ha intervenido, sobre las obligaciones legales, las novedades del mercado, en definitiva, somos la figura con la que el cliente debe contar para que le resuelva todos los problemas que se le puedan plantear en el ámbito asegurador.
En caso de siniestro, prestamos nuestra asistencia y asesoramiento y velamos para que nuestro cliente reciba una RESPUESTA RÁPIDA cuando se produzca dicho siniestro.
La mejor razón para recabar nuestra intermediación es que ofrecemos un SERVICIO EFICIENTE Y DE CALIDAD. Las prestaciones se diseñan a la medida de lo que requiere cada Asegurado de manera clara, facilitando en todo momento a nuestros clientes las posibles soluciones a sus problemas.
Para un empresario que no sea experto en seguros, acudir directamente a una compañía aseguradora sin ningún tipo de mediación LE OBLIGA A REALIZAR UNA IMPORTANTE INVERSIÓN DE TIEMPO Y ESFUERZO EN DECIDIR el contrato que debe suscribir y las coberturas necesarias para prevenir los posibles siniestros que puedan afectar a su negocio esto sin contar con que debe conocer también los distintos productos que ofertan las entidades aseguradoras. En definitiva, supone tomar en solitario una decisión que, por su importancia y por la complejidad que pueden tener algunas pólizas de seguros, debería ser adoptada con el concurso de un profesional de seguros.
La actividad de mediación en seguros privados y de las personas físicas o jurídicas que la realizan está sometida al control de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía. Para garantizar la profesionalidad de los intermediarios de seguros y sobre todo para proteger a los consumidores que soliciten sus servicios, la Ley establece una serie de requisitos: así, el corredor de seguros debe obtener una autorización previa para el ejercicio de su actividad, para lo que se requiere una aptitud y conocimientos profesionales, lo cual se acredita mediante la posesión del Diploma de Mediador en Seguros titulado, expedido por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, o bien curso de formación en materias financieras y de seguros privados, reconocimiento de honorabilidad comercial y profesional, presentación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de un programa de actividades que indique los medios personales y materiales de que dispone para el ejercicio de su actividad, y la contratación de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 1.200.000 euros (200 millones de pesetas), para cubrir la responsabilidad en que puedan incurrir en el ejercicio de su actividad. Sólo tras comprobar la concurrencia de todos estos requisitos, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones concederá la autorización para el ejercicio de la actividad y procederá a inscribir al mismo en el Registro Administrativo de Corredores de Seguros, de Sociedades de Correduría de Seguros y de sus Altos Cargos. Nuestro Código de inscripción en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones es J-1748.
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